En Gaceta Oficial No. 42.266 de fecha 30-11-2021 fue publicado el Decreto N. 4.618, mediante el cual se prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Decreto No. 4.552 de fecha 06 de agosto de 2021 y en consecuencia quedan vigentes las exoneraciones o beneficios allí señalados, en los términos y condiciones prescritos en el Decreto, quedando vigente el artículo 10 porque su vigencia es de acuerdo al Decreto 4.552 hasta el 31-12-2021.
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